Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0206/2006-R
Fecha: 07-Mar-2006
recurso
En revisión la Resolución de fs. 86 a 88 vta., pronunciada el 16 de julio de 2005 por el Juez de Partido Mixto Liquidador y de Sentencia de San Borja, provincia Ballivián del Distrito Judicial de Beni, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Miguel Ángel Balboa Monje en representación de Ruddy Beyuma Rada contra Rodolfo Escalante Yumacale, Comandante de la Base Naval “Ballivián BIN LOA”, teniente Lenin Estrada Bruno y Suboficial, Alcides Sardón Sardón, alegando la vulneración de los derechos a la defensa y al debido proceso, de su representado, previstos en el art. 16.II y IV de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- capacidad jurídica otorgada al funcionario público o persona particular para ser recurrido en impugnación de su acto, decisión u omisión que lesiona los derechos o garantías constitucionales de una persona
- en aquellos casos en los que el acto denunciado como ilegal es ejecutado por una autoridad y es otra la competente para revisar esa actuación a efecto de modificar, confirmar o revocar el acto puesto en su conocimiento, el recurso debe ser interpuesto contra ambas autoridades al tener legitimación pasiva, la primera por ejecutar el acto ilegal y la segunda por no corregirlo, de modo que al ser ambas responsables, deben asumir las consecuencias de sus actos
- III.2.
- dispuso
- APRUEBA