Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0258/2006-R
Fecha: 22-Mar-2006
II.7.
II.7. En virtud del informe de 1 de noviembre de 2005, en sentido de que no se pudo notificar al co procesado prófugo mediante edictos y que apelada la Sentencia y concedida la misma no se remitió el cuaderno procesal al superior en grado (fs. 28); la Jueza recurrida el 3 del indicado mes, ordenó se proceda a la notificación por edictos al co procesado, con cargo a los garantes personales (fs. 29), quienes no pudieron ser notificados, según representa el Oficial de Diligencias el 16 de noviembre de 2005 (fs. 30).