Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0300/2006-R
Fecha: 29-Mar-2006
II.6.
II.6. El 28 de julio de 2005 (fs. 22), el Corregidor de Ivirgarzama certificó que el 25 de ese mes constató que los socios de la Cooperativa Multiactiva de Transportes “12 de Agosto” habían copado con sus camionetas el estacionamiento de las camionetas del Sindicato de Transportes “Carrasco Tropical”, sin que se les permita las salidas a la localidad de “Vueltadero” y viceversa, impidiendo su registro en listado de salidas que existía como sistema de trabajo.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades, personas recurridas y petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades y personas recurridas
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 15
- 1082/2003-R
- III.2.
- III.3.
- Fragmento 19
- APROBAR