SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0300/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0300/2006-R

Fecha: 29-Mar-2006

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente aduce que no obstante que mediante OM 010/2000 ratificada por su similar 050/2003, se dispuso el espacio físico conjunto para la Cooperativa Multiactiva de Transportes “12 de Agosto” y para el Sindicato de Transportes “Carrasco Tropical” al cual representa, en la av. Mortenson esquina de la calle “Montero” de la localidad de Ivirgarzama, y en la av. Marcelo Quiroga Santa Cruz, de la localidad de “Vueltadero”; empero, el 18 de julio de 2005, sin explicación alguna, los recurridos junto a una muchedumbre de setenta personas, perturbaron el trabajo cotidiano que estaban prestando los miembros del Sindicato recurrente, usando la violencia y con amenazas de ocasionar daños en las camionetas de aquéllos, dispusieron el desalojo de los motorizados, impidiendo que se estacionen en la Terminal establecida y que se inscriban en el listado para la salida de unidades hacia la localidad de “Vueltadero”, con lo cual se vulneraron los derechos de los miembros del Sindicato a la seguridad jurídica, a la libertad de locomoción, al trabajo y a percibir una justa remuneración. Corresponde analizar en revisión si en la especie es pertinente otorgar o no la tutela pretendida.