SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0314/2006-R
Fecha: 04-Abr-2006
2º
2º Habiéndose constatado dilación injustificada en la tramitación del recurso, se llama la atención al Vocal Ramiro Claros Rojas, que presidió la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; a los vocales de la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, Adolfo Gandarilla Suárez, Juana Molina Paz de Paz y Hernán Cortes Castillo, así como a los Vocales de la Sala Civil Segunda de esa Corte, Edgar Terrazas Melgar, Oswaldo Céspedes Céspedes y a los conjueces, que conformaron el Tribunal de amparo, por las irregularidades señaladas en la presente Sentencia y que dieron lugar a la dilación injustificada en resolver el recurso de amparo constitucional interpuesto por el recurrente.