SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0314/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0314/2006-R

Fecha: 04-Abr-2006

II.2.

II.2. En ejecución de sentencia del referido proceso, el recurrente por memorial de 24 de febrero de 2003, solicitó a la autoridad judicial codemandada, el cumplimiento de lo establecido por el art. 36.III de la LAPCAF, pidiendo el otorgamiento de plazo a los terceros adquirientes del inmueble embargado para que convaliden sus transferencias. Mediante providencia de 5 de marzo de 2003, ahora impugnada, el Juez recurrido dispuso que con el objeto de resolver el petitorio el recurrente “acredite que la parte ejecutante, conforme a lo establecido por el art. 502 del CPC, “el cumplimiento u observancia de lo determinado por el art. 1437 del CC, con relación a los arts. 1538 y 1552.I y II del mismo cuerpo de leyes” (fs. 24).