SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0326/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0326/2006-R

Fecha: 05-Abr-2006

II.2.

II.2.  En la audiencia  de 8 de junio de 2005, para la producción de pruebas sobre las excepciones planteadas por Glamir Suárez Alpire, la Jueza de Partido Segunda de Guayaramerin, Norka Fuentes Aspiazu dictó  un  Auto,  declarando el abandono de querella, invocando los arts. 330, 292 inc. 4) y 381 del CPP, con el argumento que  el querellante  abandonó  la audiencia por más del tiempo previsto para el cuarto intermedio sin justificar su ausencia, disponiendo el archivo de obrados. Por otra parte mediante  Auto interlocutorio 06/2005,  de 8 de junio, rechazó la excepción de falta de acción,  declaró probada la excepción de prejudicialidad y dispuso la suspensión del proceso penal hasta que la sentencia en el procedimiento sumario de nulidad de cheque adquiera la calidad de cosa juzgada ( fs. 52 a 55 del Anexo).