SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0352/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0352/2006-R

Fecha: 10-Abr-2006

III.1.

III.1. Antes de ingresar al análisis de la problemática planteada, conviene recordar que la jurisprudencia constitucional ha señalado en forma reiterada, que el recurso de amparo constitucional ha sido instituido por el art. 19 de la CPE, como una garantía constitucional contra los actos ilegales u omisiones indebidas que amenacen, restrinjan o supriman derechos y garantías constitucionales, cuando no exista otro recurso inmediato para la protección de los mismos, entendimiento del que se infiere el carácter subsidiario de esta acción tutelar, subsidiariedad que contiene además reglas y subreglas de aplicación que han sido desarrolladas por la SC 1337/2003-R, de 15 de septiembre, entre las que se señala: