SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0363/2006-R
Fecha: 13-Abr-2006
II.3.
II.3. En la audiencia el abogado defensor del recurrente denunció de ilegal la aprehensión ejecutada contra su representado pues no existía requerimiento fundamentado que ordene esa medida y tampoco podía justificarse alegando flagrancia, pues el imputado no fue sorprendido al momento del hecho y como todos los demás del bus estaba en calidad de pasajero, sentado en un asiento diferente al de los que se encontró sustancias controladas. La denuncia fue resuelta por el Juez cautelar mediante Auto de la misma fecha declarándose legal la aprehensión, puesto que la sustancia controlada fue encontrada camuflada debajo de los asientos 35 y 36 y, si bien, el imputado ocupaba el asiento 38, de acuerdo a la lista de pasajeros pasada a conocimiento de tránsito el ómnibus salió con pasajeros hasta la fila 25 y sólo el referido ocupó un asiento de atrás el 38.
Resuelto este primer aspecto a través de otra Resolución de la misma fecha se dispuso la detención preventiva del imputado al considerar que concurrían los requisitos exigidos por el art. 233 del CPP, considerando como elemento de convicción de la supuesta autoría del recurrente el hecho de que la sustancia controlada fue encontrada debajo de los asientos 35 y 36, siendo el imputado según la lista oficial el único pasajero que viajaba en los asientos de atrás pues los otros pasajeros ocuparon los asientos de adelante hasta el 25. La existencia de riesgo de fuga y obstaculización, en el primer caso porque el recurrente no acreditó validamente tener domicilio, trabajo ni familia asentados en el país tampoco se desvirtuó el riesgo de fuga emergente de la situación Geográfica de Yacuiba al ser una ciudad fronteriza. Respecto al segundo elemento consideró el hecho que el delito imputado era un delito de orden internacional, en el que están involucrados organizaciones criminales, existiendo el peligro de que el imputado en libertad pudiera influir negativamente sobre los demás participes en el hecho delictivo.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de hábeas corpus
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1.
- III.2.
- 1)
- III.3.
- III.4.Respecto a la medida cautelar de detención preventiva dispuesta por el Juez de Instrucción y confirmada en apelación por los vocales co-recurridos
- APRUEBA