SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0372/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0372/2006-R

Fecha: 18-Abr-2006

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

En los memoriales presentados el 7 y 18 de julio de 2005 (fs. 118 a 126, 204 a 205 vta.) la recurrente arguye que dentro de la demanda ejecutiva que le siguen Gunter Walzer Bloch y Luisa Justiniano de Walzer ante el Juzgado Décimo de Partido en lo Civil y Comercial, y en ejecución de sentencia se procedió a la subasta y remate del inmueble otorgado en calidad de garantía hipotecaria, violentando los alcances de los arts. 520 del Código de procedimiento civil (CPC) y 1465 del Código civil (CC) por cuanto no se cumplió con el embargo preventivo que debe realizarse en forma expresa, cual señala la SC 1934/2003-R, de 18 de diciembre, pues no existe mandamiento de embargo, acta de embargo y menos anotación preventiva del juicio inscrita en Derechos Reales después de la Sentencia, omisiones formales que dan lugar a la anulación del proceso.

Expresa que otro requisito esencial que no se cumplió es la continuación del proceso por el Juzgador ante el fallecimiento del ejecutante principal Gunter Walzer Bloch, pese a que su parte comunicó ese hecho al Juez mediante memorial de 24 de abril de 2004; y el Juez recién dio lugar parcialmente al cumplimiento del art. 55 del CPC aplicable al caso, después de más de tres meses de aquella muerte, cuando todo Juzgador debe cuidar que el proceso se desarrolle sin vicios de nulidad y debe asegurar la igualdad de las partes.