SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0373/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0373/2006-R

Fecha: 18-Abr-2006

I.1.4. Adhesión al recurso

Por memorial presentado el 18 de agosto de 2005, (fs. 39 y vta.) Eduardo Arias Terrazas ratificó el recurso de amparo presentado por la recurrente y se adhirió a éste señalando que el Auto dictado el 6 de julio de 2005, por el que se señaló audiencia de subasta y remate para el 18 de agosto de 2005 del inmueble citado en el recurso establece una rebaja del 25%, hecho completamente ilegal y lesivo a sus intereses, puesto que el primer remate señalado no correspondía por cuanto no se encontraba citado con el concurso de acreedores en forma legal, indicando además que el Juez recurrido posteriormente al primer remate dispuso recién que se le cite con el concurso de acreedores, y olvidando anular la primera audiencia de remate directamente señaló segundo remate, lo cual no es procedente y perjudica tanto a su persona como a los acreedores.