Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0383/2006-R
Fecha: 20-Abr-2006
II.4.
II.4. El 21 de julio de 2005, el imputado reiteró su pedido para que se declare la extinción de la acción penal (fs. 18 y vta.). El 22 de julio de 2005, el Juez determinó no ha lugar a la solicitud en consideración a que la Fiscal asignada al caso, presentó la constancia de la acusación efectuada el 16 de julio de 2005 ante el Tribunal de Sentencia (fs. 19).