Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0398/2006-R
Fecha: 25-Abr-2006
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente afirma que fue detenido ilegalmente al señalar que dentro del proceso de asistencia familiar que se le sigue, el Juez de Instrucción de Familia de Sucre emitió mandamiento de apremio en su contra a ser ejecutado mediante orden instruida encomendada a la Policía Departamental de La Paz, empero, los interesados en forma abusiva, en vez de entregar el mandamiento al Comando Departamental como reza la orden, lo hicieron a las autoridades de la PTJ, quienes procedieron a su detención usurpando funciones. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 18 de la CPE.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- en la especie no existe legitimación pasiva, además que ambos funcionarios policiales actuaron en cumplimiento a una orden judicial, por lo que la falta de cuidado en la facción del mandamiento no puede ser atribuida a estos, mucho menos al recurrido, teniendo en cuenta que una omisión de tipo formal, como la producida en la redacción del mandamiento, no puede desvirtuar su carácter jurisdiccional