AUTO CONSTITUCIONAL 160/2006-RCA
Fecha: 30-May-2006
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
El recurrente indica que los jueces del Tribunal de Sustancias Controladas Liquidador, al admitir el incidente de identidad del procesado, que en los hechos es una revisión extraordinaria de sentencia interpuesta extemporáneamente, han actuado sin competencia toda vez que dicho recurso le corresponde conocer y resolver a la Corte Suprema de Justicia, atentado con ello los arts. 30 de la LOJ y 31 de la CPE; situación que no fue observada por el Tribunal de garantías compuesto por los Vocales recurridos dentro de un recurso de amparo constitucional interpuesto por el Fiscal, Elsner Cruz Choque. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si el Tribunal de amparo al determinar la improcedencia del recurso, obró correctamente.
- revisión
- Fernando Alvarez
- Fernando Alvarez Téllez
- improcedente sin costas ni multa
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 6
- II.2. Sobre el recurso idóneo para demandar la nulidad de actos procesales por falta de competencia.
- el ejercicio ilegítimo por parte de un funcionario o autoridad, de una función que le está reconocida a otra autoridad o funcionario;
- dictadas sin competencia
- II.3. Sobre la inimpugnabilidad de resoluciones de amparo constitucional, a través de otro recurso de amparo constitucional.
- as resoluciones de los jueces o tribunales de amparo constitucional:"(...) no pueden ser impugnados a través de otro Recurso de Amparo Constitucional, sino que los mismos son revisados de oficio por el Tribunal Constitucional,
- APROBAR