Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 160/2006-RCA
Fecha: 30-May-2006
improcedente sin costas ni multa
El Tribunal de amparo, Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial del Beni, mediante Resolución de 15 de noviembre de 2005, de fs 93 a 94, declaró improcedente sin costas ni multa la demanda planteada; con el fundamento de que a través del presente recurso de amparo constitucional no es posible declarar la nulidad de las actuaciones dictadas supuestamente sin competencia por el Tribunal de Sustancias Controladas; y que por otra parte, la Resolución de amparo, emitida por los vocales recurridos, se encuentra en grado de revisión ante el Tribunal Constitucional.
- revisión
- Fernando Alvarez
- Fernando Alvarez Téllez
- improcedente sin costas ni multa
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 6
- II.2. Sobre el recurso idóneo para demandar la nulidad de actos procesales por falta de competencia.
- el ejercicio ilegítimo por parte de un funcionario o autoridad, de una función que le está reconocida a otra autoridad o funcionario;
- dictadas sin competencia
- II.3. Sobre la inimpugnabilidad de resoluciones de amparo constitucional, a través de otro recurso de amparo constitucional.
- as resoluciones de los jueces o tribunales de amparo constitucional:"(...) no pueden ser impugnados a través de otro Recurso de Amparo Constitucional, sino que los mismos son revisados de oficio por el Tribunal Constitucional,
- APROBAR