SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0430/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0430/2006-R

Fecha: 05-May-2006

II.4.

II.4.  El 21 de marzo de 2003 la Jueza del proceso emitió Auto intimatorio de pago contra la representada del recurrente y otros bajo apercibimiento de dictarse mandamiento de embargo, disponiendo asimismo la anotación preventiva el inmueble de propiedad de la mandante del recurrente (fs. 32 vta.); efectuando representación el Oficial de Diligencias recurrido sobre la imposibilidad de notificación con dicho Auto a la representada del recurrente al no haber sido habida en el domicilio de “La Tapia  0427” (fs. 34), en virtud a lo cual el 21 de abril de 2003 se notificó mediante cédula a la mandante del recurrente y otro en el citado domicilio (fs. 36).