Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0446/2006-R
Fecha: 10-May-2006
II.3.
II.3. Por informe de DIPROVE de 15 de marzo de 2004 (fs. 40), la camioneta que el recurrente reclama, se encuentra reportada como robada en la Argentina. De acuerdo al informe de 15 de abril de 2004 (fs. 49), emitido por el Investigador de la Unidad de Control Operativo Aduanero Cochabamba, Alex Arnez Alcocer, el motorizado indicado, se encuentra con reporte de robo en dicho país. El 19 de abril de 2005 (fs. 51), se secuestró el vehículo referido.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- sujetos
- objeto
- III.2. Tratamiento de vehículos indocumentados
- la decisión sobre la solicitud de los interesados que se acojan al programa excepcional, dependerá exclusivamente de la Aduana Nacional,
- Intervención del Ministerio Público
- III.3
- 2º CONCEDE