Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0456/2006-R
Fecha: 15-May-2006
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, con los fundamentos expuestos resuelve; APROBAR la Resolución 245 cursante de fs. 139 a 140, pronunciada el 7 de septiembre de 2005 por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, y en consecuencia DENEGAR el recurso, si bien con diferente fundamento
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades, personas recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1.
- III.2.
- documento público,
- III.3.
- sin que pueda entrar a realizar valoraciones de fondo de la prueba o de los antecedentes producidos en la sustanciación del proceso judicial que dio lugar al amparo constitucional
- APROBAR