SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0456/2006-R
Fecha: 15-May-2006
II.1.
II.1. A través del memorial dirigido al Juez Segundo de Instrucción en lo Penal de la Capital, presentado el 13 de noviembre de 2003 (fs. 26 y vta.) el Fiscal de Materia, Oscar Mendoza, imputó formalmente a la ahora recurrente por la presunta comisión de los delitos de falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado del Código penal en la denuncia interpuesta por la Corte Departamental Electoral de Chuquisaca. Por Resolución de sobreseimiento 36/04, de 9 de junio de 2004 (fs. 29 a 31) el Fiscal de Materia, Héctor G. Llave Poquechoque -hoy co demandado- dispuso el sobreseimiento de la acción penal con relación a los delitos de falsedad material y falsedad ideológica a favor de la actora, reservándose la facultad de acusarla por el delito imputado de uso de instrumento falsificado, lo que hizo el 21 de junio de 2004 (fs. 155 a 163) haciendo constar que era con relación al art. 199 del CP.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades, personas recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1.
- III.2.
- documento público,
- III.3.
- sin que pueda entrar a realizar valoraciones de fondo de la prueba o de los antecedentes producidos en la sustanciación del proceso judicial que dio lugar al amparo constitucional
- APROBAR