Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0464/2006-R
Fecha: 16-May-2006
II.1.
II.1. Dentro del proceso coactivo civil instaurado por el Fondo de la Comunidad S.A. FFP contra José Raúl Montalvo Sainz y Julia Elena Bustamante de Montalvo, el Juez hoy recurrido dictó la Sentencia de 10 de noviembre de 2001 (fs. 14 y vta.), por la que declaró probada la demanda y ordenó el pago de la suma adeudada a los coactivados, quienes no plantearon excepción alguna no obstante su legal citación con la demanda y Sentencia (fs. 15).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- deniega
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. El carácter subsidiario del amparo constitucional
- 1)
- , es necesario que para que dicha excepción proceda, el recurrente debe demostrar en forma fehaciente e indubitable la inminencia de ese eventual daño, probando que los actos que se denuncian como ilegales causarán daño irreparable que no podrá ser subsanado por otros medios o recursos ordinarios
- III.3. Análisis del presente caso
- APRUEBA