Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0483/2006-R
Fecha: 22-May-2006
II.4.
II.4. El 10 de noviembre de 2000, Cecilia Mónica Sánchez de Nuñez presentó ante el Juez de turno de Trabajo y Seguridad Social, demanda contra la Gerencia Departamental de la Aduana Nacional por incumplimiento de la Ley 975 de inamovilidad funcionaria (fs. 35 a 37 vta.); admitida aquélla se corrió en traslado y luego del trámite de ley, el Juez de Partido Segundo del Trabajo y Seguridad Social, pronunció la Sentencia de 29 de enero de 2001, declarando probada la demanda, ordenando a la entidad demandada la inmediata reincorporación de Cecilia Mónica Sánchez de Nuñez, a su fuente de trabajo y el consiguiente pago de los sueldos devengados desde el 1 de noviembre de 2000 (fs. 98 a 100 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- 3)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- (fs. 19)
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- (fs. 102 a 104)
- (fs. 121 a 123)
- (fs. 155)
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- APRUEBA