SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0486/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0486/2006-R

Fecha: 22-May-2006

III.2.

III.2. En este orden, al circunscribirse la problemática planteada en una supuesta dilación injustificada por parte de las autoridades recurridas de la Aduana Regional de Yacuiba y Tarija en concluir con el trámite de nacionalización que presentó el recurrente respecto de su vehículo, acogiéndose al programa transitorio, voluntario y excepcional de la Aduana Nacional, previsto por  el Código Tributario Boliviano, Ley 2492 de 2 de agosto, reglamentado por el DS 27149, de 2 de septiembre de 2003, resulta necesario recordar las siguientes consideraciones de orden legal:

El art. 32 DS 27149, establece el procedimiento para que los vehículos indocumentados puedan acogerse al programa transitorio voluntario y excepcional, procedimiento en el que la Aduana Nacional es el órgano competente para determinar la base imponible que deberán cancelar los que se acojan al programa transitorio, autorizar la entrega del vehículo por parte del responsable del recinto aduanero y remitir el vehículo indocumentado a DIPROVE, cuando exista denuncia de robo.