SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0493/2006-R
Fecha: 23-May-2006
1)
Los recurrentes aducen lesión a los derechos de su representada y del bebé de ésta a la vida, salud, seguridad social, trabajo, maternidad y pago de subsidios prenatal y de lactancia; por cuanto en su condición de funcionaria de libre nombramiento: 1) los demandados no atendieron la solicitud de su representada para que se le cancele el subsidio prenatal; 2) debido a los conflictos sociales suscitados del 23 de mayo al 9 de junio de 2005 y a que se requería la presencia de su representada en el hospital para velar por su bebé desde el 7 al 18 de junio de 2005, ésta no pudo asistir a su fuente laboral; empero los recurridos la retiraron aduciendo abandono de funciones, pese a que goza de inamovilidad laboral a tenor de la Ley 975, y a que concluida su vacación el 24 de mayo de 2005, se le instruyó tomar los restantes días hábiles de la semana con cargo a vacación. Corresponde analizar en revisión si en la especie es pertinente otorgar la tutela pretendida.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6. .
- II.7.
- 1)
- III.1. Si bien es cierto que
- III.2.
- sin embargo impone la postergación, su ejecución y sus efectos hasta que el hijo cumpla un año de edad y desaparezca la protección que le brinda el art. 1 de la citada Ley 975, pudiendo entonces ejecutarse la resolución de sanción contra la ahora recurrente
- APROBAR