Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0501/2006-R
Fecha: 30-May-2006
II.12.
II.12. Por Auto Supremo 37, de 16 de febrero de 2005 (fs. 30 y vta.), la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por los recurrentes bajo el argumento de que el recurso fue interpuesto fuera del plazo de los cinco días, porque no invocaron precedentes contradictorios, y no establecieron la divergencia de una o más normas jurídicas aplicadas en el Auto de Vista impugnado con el precedente contradictorio, además que éste último no fue invocado.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- 1.2.3. Intervención de los terceros interesados
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.4.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- 1)
- III.1.
- III.2..
- III.3.
- III.4.
- III.5.