SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0054/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0054/2006

Fecha: 27-Jun-2006

f)

f)       Si bien la Ley 3092 señala que concluida la impugnación en vía administrativa, el contribuyente puede acudir al proceso contencioso administrativo, no existe procedimiento para ello. Además, el recurrente incurre en contradicción puesto que señala que la  Ley 3092 fue dictada en cumplimiento de la SC 0076/2004, en otra parte manifiesta que dicha ley no reconoce la impugnación mediante demandas contencioso tributarias.