SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0538/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0538/2006-R

Fecha: 05-Jun-2006

II.2.

II.2.    En el caso analizado, por el informe de los recurridos y las aseveraciones de los recurrentes contenidas en el memorial del recurso, se constata que el Auto de Vista impugnado 302/2004, de 23 de octubre de 2004 -ahora impugnado- fue notificado a los actores el 5 de noviembre de 2004; consecuentemente, hasta la fecha de presentación del recurso, 5 de julio de 2005, transcurrieron 8 meses; es decir, un plazo mayor al establecido en la jurisprudencia glosada en el punto anterior para la interposición del recurso, lo que determina la improcedencia del presente amparo constitucional.

           A lo señalado, se debe agregar que, en el caso analizado, no se presenta el único supuesto de excepción al principio de subsidiariedad, establecido por la jurisprudencia constitucional, es decir, la falta de notificación con la Resolución impugnada; pues, como se ha señalado, los recurrentes fueron notificados con el Auto de Vista 302/2004, el 5 de noviembre.