SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0588/2006-R
Fecha: 21-Jun-2006
III.4.
III.4. La misma subregla es aplicable respecto a la otra Resolución impugnada por la recurrente como es la Resolución 212/05, de 1 de septiembre de 2005, pronunciada también por la autoridad recurrida pero dentro del proceso interpuesto por la hoy recurrente contra Esther Verdugo Eamara, para el pago de mejoras, en dicha resolución la autoridad judicial en consideración a la existencia de fallos ejecutoriados dentro del proceso de mejor derecho propietario y acción negatoria dejó sin efecto su determinación de mantener en posesión de las mejoras a la demandante, por lo que esta última impugnó esa determinación a través del recurso de reposición con alternativa de apelación, que previo trámite de ley fue resuelto por Auto de 8 de septiembre de 2005, sin darse lugar a la reposición solicitada se concedió el recurso de apelación alternativamente interpuesto, estableciendo las piezas a testimoniarse, el que se encuentra en trámite, por lo que corresponde declarar también la improcedencia del recurso respecto a dicha Resolución, en estricta aplicación de la casual de improcedencia prevista por el art. 96 inc. 3) de la LTC.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- ,
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- i)
- improcedente
- II.1.
- Auto 213/05, de septiembre de 2005 (fs. 74), en el que en atención a los fallos ejecutoriados y en cumplimiento de la previsión de los arts. 514 y 517 del CPC ordenó se expida por secretaria mandamiento de desapoderamiento contra la demandada, ordenando su ejecución a la Policía Departamental.
- La Resolución 213/05, fue apelada por la demandada por memorial presentado el 2 del mismo mes y año, recurso que fue corrido en traslado a la otra parte por decreto de 3 de septiembre
- II.2.
- Auto 212/05 de 1 de septiembre de 2005, que en consideración a la existencia de fallos ejecutoriados dejó sin efecto su determinación de mantener en posesión de las mejoras a la demandante
- Contra esa determinación la actora formuló recurso de reposición con alternativa de apelación (fs. 61 y vta), que previo trámite de ley fue resuelto por Auto de 8 de septiembre de 2005 (fs. 67 vta. a 68), sin darse lugar a la reposición solicitada se concedió el recurso de apelación alternativamente interpuesto, estableciendo las piezas a testimoniarse.
- III FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno,
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- APROBAR