SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0605/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0605/2006-R

Fecha: 27-Jun-2006

II.2.

II.2. En la audiencia celebrada el 27 de abril de 2006 (fs. 15), la abogada de la defensa manifestó en que aplicación del art. 16 de la Constitución Política del Estado (CPE), 221 y 222 del CPP, se presume la inocencia de su defendido, por lo que solicitó se le aplique una medida sustitutiva a la detención preventiva contenida en el art. 240 del citado CPP, haciendo hincapié en el hecho de que por la premura del tiempo, si bien no pudo recabar documentación y en consecuencia no pudo demostrar que el recurrente tiene familia constituida, trabajo lícito y domicilio, en realidad si los tiene y podrá demostrar estos extremos con posterioridad, durante la etapa preparatoria.