AUTO CONSTITUCIONAL 233/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 233/2006-RCA

Fecha: 26-Jul-2006

por una sola vez

Por otra parte, resulta preciso hacer algunas puntualizaciones de orden procesal, como ser el hecho de que el Tribunal de amparo aplicando de manera errada el procedimiento de esta acción tutelar, en dos oportunidades solicitó que el recurrente subsane un requisito de forma -la personería-, olvidando que en esos casos -ausencia de requisitos formales- el art. 98 de la LTC prevé el plazo para subsanación de cuarenta y ocho horas, pero por una sola vez y no como sucedió en el caso de autos; sin que además en el segundo memorial de subsanación presentado, el Tribunal de amparo no hubiere observado que el mismo sólo llevaba la firma del abogado y no así del recurrente, situación que tampoco está permitida procesalmente, toda vez que tanto el memorial de demanda como el de subsanación deben llevar necesariamente la firma del o de los recurrentes, tal como estableció la SC 365/2005, de 13 de abril, al indicar que: “(…) a fin de enmendar las observaciones realizadas, el abogado del recurrente, pretendiendo actuar en nombre del actor sin poder alguno, presentó con su firma y sello “y por su defendido momentáneamente ausente (art. 93 CPC)” (sic), el memorial de subsanación al recurso de amparo; lo que dio lugar a que el Tribunal de amparo rechace el recurso mientras el análisis sobre la subsanación ordenada al no haber sido suscrito por el recurrente; actuación totalmente correcta, toda vez que el memorial de subsanación no constituye una actuación de mero trámite, sino que es parte esencial de la demanda principal, presentada por lo demás en forma defectuosa y por lo mismo, debe ser firmada inexcusablemente por el recurrente; lo contrario da lugar al rechazo del memorial de subsanación, teniéndoselo por no presentado”. Aspectos procesales que el Tribunal de amparo debe tener en cuenta en el futuro, a objeto de uniformar el procedimiento del recurso de amparo constitucional y evitar confusiones de esta naturaleza.