SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0634/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0634/2006-R

Fecha: 04-Jul-2006

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

La parte recurrente ratificó su demanda, reiterando los argumentos del recurso, amplió señalando que la Resolución impugnada no explica los motivos por los que fijó ese honorario profesional, no existe la fundamento debido para señalar con discrecionalidad el monto de honorarios que no responden a la cuantía del proceso. Asimismo, adjuntó la SC 0547/2005, de 20 de mayo y la Resolución dictada dentro de un recurso de amparo, por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Santa Cruz. Del mismo modo, presentó el arancel mínimo del Colegio de Abogados de Potosí, homologado por la Corte Superior del Distrito, por lo que es de cumplimiento obligatorio, estando establecido que el arancel por la atención de juicios ordinarios es de Bs2.000.- más el 10% de la cuantía del proceso.