SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0669/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0669/2006-R

Fecha: 12-Jul-2006

II.3.

II.3.  El 29 de enero de 1998, la Directora de Saneamiento y Titulación del INRA,  determinó oficiar a Derechos Reales de Santa Cruz para que proceda a la cancelación de la partida registrada por el propietario afectado (fs. 104 vta.), partida que, según informe del Asistente de la Jefatura de Saneamiento corresponde a la signada con el número 010132473, de 20 de mayo de 1953, que a su vez, de acuerdo con el certificado alodial en ese entonces examinado, Enrique Weise Gutiérrez tuvo 2.500 ha. (fs. 102 a 103). El 29 de marzo de 2004, el Subregistrador de DD.RR., ante una nueva petición en ese sentido, decretó  que “para dar cumplimiento a la orden de cancelación expedida por el Director del INRA, previamente debe acompañarse el Testimonio de las piezas principales del trámite en el que se ha resuelto las cancelaciones que se hace referencia…” (fs. 117).