SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0669/2006-R
Fecha: 12-Jul-2006
III.1.
III.1. Antes de dilucidar la problemática planteada corresponde señalar que si bien los actores de manera recurrente acusan la falta de competencia de las autoridades y funcionarios recurridos, debido a que en su entendimiento se pronunciaron -en su momento- las Resoluciones ahora impugnadas, incurriendo en la nulidad prevista por el art. 31 de la CPE, no es menos cierto que los recurrentes, lo que acusan es que esas Resoluciones, a su juicio, vulneraron los derechos al debido proceso y a la defensa, extremos que corresponden ser examinados, si cabe, en el recurso de amparo que está instituido precisamente para aquellos casos en los que de acuerdo con lo establecido en el art. 19 de la CPE, las personas creen estar agraviadas por actos ilegales u omisiones indebidas de quienes les estarían restringiendo, suprimiendo o amenazando restringir o suprimir sus derechos fundamentales o garantías constitucionales, siempre que no hubiera otro medio o recurso legal para la protección inmediata de esos derechos y garantías.