Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0702/2006-R
Fecha: 20-Jul-2006
deniega
La Resolución cursante de fs. 270 vta. a 271, pronunciada el 6 de octubre de 2005, por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, deniega el amparo constitucional, con costas y una multa de Bs200.-, bajo estos fundamentos: 1) “las autoridades recurridas no han vulnerado ningún precepto legal, que suprima o restrinja los derechos y garantías constitucionales reclamados por los actuales recurrentes”; 2) los actores no han agotado los medios ordinarios para la protección inmediata de esos derechos y obtener la reversión de los supuestos actos ilegales, lo que fueron consentidos libre y voluntariamente por los Consejeros de la Cooperativa.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- deniega
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- SC 1337/2003-R, de 15 de septiembre.
- III.2. Análisis del presente caso
- no agotaron los medios de impugnación administrativa
- “2.
- III.4. Legitimación pasiva
- III.5.
- APRUEBA