AUTO CONSTITUCIONAL 247/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 247/2006-RCA

Fecha: 04-Ago-2006

incidente de nulidad de la segunda audiencia de remate,

La jurisprudencia glosada anteriormente es aplicable al caso de autos, por los siguientes motivos, de la revisión de antecedentes se evidencia que la coactivada María Eugenia León Ugarte interpuso incidente de nulidad de la segunda audiencia de remate, efectuada el 9 de noviembre de 2004 (fs. 12), indicando en el otrosí primero de su memorial de fs. 13 y vta., presentado en la misma fecha que: “Como se puede evidenciar en antecedentes, el Primer remate llevado a cabo fue objeto de incidente de nulidad que aún no se halla resuelto, toda vez que se apeló de la resolución que rechazó tal incidente(sic), el que luego de corrido en traslado fue resuelto por el Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial, mediante Resolución 568/2004, de 10 de diciembre, rechazando dicho incidente con el argumento de no haberse producido indefensión alguna y menos violado o vulnerado el derecho a la propiedad privada de la coactivada (fs. 17 a 18 y vta.), por lo que a pedido de la representante de la adjudicataria, la misma autoridad judicial pronunció el Auto de 21 de enero de 2005 (fs. 20 y vta.), aprobando el segundo remate y adjudicando judicialmente el inmueble objeto del proceso; Auto que apelado por la representada de recurrente mediante memorial de fs. 22 y vta., determinó que los vocales recurridos pronuncien el Auto de Vista 551/2005, de 10 de octubre -ahora impugnado- anulando el Auto de concesión de alzada y disponiendo la ejecutoria del Auto de 21 de enero del 2005.