AUTO CONSTITUCIONAL 266/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 266/2006-RCA

Fecha: 28-Ago-2006

luego, dos años después

         En ese sentido, de la revisión de la documental aparejada a la demanda, se establece que: el primer reclamo efectuado por el recurrente fue el 11 de noviembre de 1986 (fs. 1), luego, dos años después, el 4 de abril de 1988 (fs. 2), el 5 de octubre de 1989 (fs. 4), el 19 de enero de 1990 (fs. 5 y 6), 14 de enero de 1991 (fs. 7), 30 de julio de 1992 (fs. 8); y luego nuevamente, después de 9 años, el 14 de abril de 2003 (fs. 19 y 20), 26 de julio de 2003 (fs. 22 a 24), 26 de noviembre de 2003 (fs. 26), y finalmente el 28 de abril de 2004 (fs.39), con lo que queda demostrado que el recurrente no fue diligente en sus reclamos, y actuó con lenidad, y ahora después de muchos años, de manera tardía, recién ha acudido a la jurisdicción constitucional, a través del presente recurso de amparo constitucional.