Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0755/2006-R
Fecha: 01-Ago-2006
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes aducen lesión a sus derechos al trabajo, a una justa remuneración, a formular peticiones y a la seguridad social, por cuanto el Presidente de “COOMUPOL” Ltda., actuando sin competencia los retiró de sus fuentes laborales en dicha entidad pese a que el Tribunal Constitucional declaró infundado el recurso directo de nulidad que interpusieron los miembros del Consejo de Administración de la Cooperativa recurrida contra su intervención, sin que se los haya reincorporado a sus funciones; habiendo agotado la vía administrativa de reclamo. Corresponde analizar en revisión si en la especie es pertinente otorgar la tutela pretendida.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2..
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- en materia laboral y social se debe acudir previamente ante la instancia conciliatoria como es la Dirección Departamental del Trabajo, teniendo expedita luego la judicatura laboral
- III.2.
- III.3.
- debió acudir -como se tiene referido- ante la Dirección Departamental del Trabajo, en la vía conciliatoria, donde en forma eficaz e inmediata bien pudo lograr se revierta la determinación de su destitución impuesta por su empleador, lo que a su juicio atenta contra los derechos invocados, y en su defecto acudir a la vía judicial a través de la jurisdicción laboral
- denegado
- APROBAR