Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0788/2006-R
Fecha: 15-Ago-2006
II.2.
II.2. El 22 de agosto de 2003, el recurrente fue notificado personalmente con el señalamiento de audiencia de reconocimiento de firmas y rúbricas (fs. 11); audiencia que se realizó el 27 de agosto de 2003, en la que el recurrente reconoció su firma y rúbrica estampadas en el documento de 22 de mayo de 2003 (fs. 12), pronunciándose en consecuencia la Resolución 372/2003, de la misma fecha, mediante la cual se dio por legalmente reconocida la firma y rúbrica estampada y la efectividad del documento de fs. 1 del expediente original (fs. 13), Resolución con la que se notificó al recurrente en Actuaría del Juzgado (fs. 15).