Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0788/2006-R
Fecha: 15-Ago-2006
II.6.
II.6. El 3 de noviembre de 2004, la Jueza de Instrucción recurrida dictó la Resolución 290/2004, rechazando la nulidad de obrados planteada por el recurrente, declarando firmes y subsistentes las actuaciones y notificaciones impugnadas (fs. 54 y vta.), Resolución que por memorial presentado el 25 de noviembre de 2004 fue objeto de recurso de reposición con alternativa de apelación (fs. 56 a 57); impugnación que mereció Auto de 2 de diciembre de 2004, mediante el cual la Jueza de Instrucción recurrida dispuso no ha lugar a la reposición planteada, reservándose la apelación en el efecto diferido, de conformidad al art. 23 de la LAPCAF (fs. 58 vta.).