Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0795/2006-R
Fecha: 15-Ago-2006
Fragmento 5
El abogado de las recurrentes, ratificó y reiteró in extenso el contenido de su demanda. Ampliando su demanda en sentido de que se vulneró el derecho a la defensa de las recurrentes ya que en el transcurso del proceso no contaron con abogado defensor, vulnerando los arts. 82, 44, 49, 76 y 84 del Reglamento. La parte resolutiva se refiere a la suspensión del ejercicio de sus funciones, empero el art. 96 del Reglamento refiere una suspensión máxima de treinta días sin goce de haberes, sin embargo se las sancionó de acuerdo con el art. 97 “determinando la destitución de sus cargos”.