SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0795/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0795/2006-R

Fecha: 15-Ago-2006

II.5.

II.5. Por oficio de 23 de marzo de 2005, el Secretario General del Pleno del Consejo de la Judicatura, comunicó al Director Distrital a.i. del Consejo de la Judicatura, que el Consejo instruyó se proceda a la devolución de las retenciones del 20% de haberes correspondientes a los meses de enero y febrero que fueron descontados a las recurrente, además de la suspensión de la medida de retención que fue instruida mediante oficio 38-GG/CJ/2005 (fs. 89), descuento que fue devuelto a las recurrentes según comprobante de contabilidad de 16 de mayo de 2005 (fs. 90).