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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0801/2006-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0801/2006-R

    Fecha: 15-Ago-2006

    b)

    b) El Fiscal correcurrido recibió la declaración informativa del recurrente el 2 de mayo, pero no lo presentó físicamente ante la autoridad jurisdiccional en la audiencia de 3 de ese mes, limitándose a presentar dos imputaciones, la primera por violación y la segunda, por abuso deshonesto, incumpliendo de esta manera la segunda parte del art. 226 del CPP que prevé el plazo máximo de veinticuatro horas para su presentación ante el Juez cautelar.

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
    • procedente
    • b)
    • c)
    • II.3.2.
    • II.5.
    • II.6.
    • III.1. Subsidiariedad excepcional del hábeas corpus
    • III.2. Sobre los actos del Fiscal y de la Policía Nacional
    • III.3. Acerca de las Resoluciones de la Jueza correcurrida
    • Fragmento 15

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