SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0801/2006-R
Fecha: 15-Ago-2006
II.6.
II.6. En la audiencia pública de consideración de medidas cautelares de carácter personal realizada el 9 de mayo de 2006 (fs. 45 a 46), después de escuchar la intervención del Ministerio Público, del querellante, de la defensa que reclamó las dos imputaciones contradictorias, señaló la inocencia de su defendido y reiteró su petición de declinatoria, y la intervención de la hoy recurrente, la Jueza correcurrida dictó la Resolución 172/2006 (fs. 47 y vta.), por la que dispuso la detención preventiva del imputado en el penal de San Pedro de la ciudad de La Paz. Asimismo, pronunció la Resolución 174/2006 (fs. 48), declarándose incompetente en razón del territorio para continuar con las investigaciones del caso, y dispuso la remisión de actuados al Juez de Instrucción de la localidad de Quime, pero a objeto de no causar indefensión del imputado, dispuso que la misma se opere después de las setenta y dos horas por si la defensa quiere apelación de la Resolución de detención preventiva.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- b)
- c)
- II.3.2.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Subsidiariedad excepcional del hábeas corpus
- III.2. Sobre los actos del Fiscal y de la Policía Nacional
- III.3. Acerca de las Resoluciones de la Jueza correcurrida
- Fragmento 15