Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0844/2006-R
Fecha: 29-Ago-2006
II.3.
II.3. Por memorial de 28 de marzo de 2005, el recurrente interpuso recurso jerárquico (fs. 310 a 312 vta. del anexo), el que fue remitido a conocimiento del Director del SEDES el 4 de abril de 2005 (fs. 314 del anexo), autoridad que fue recusada por el actor mediante escrito de 6 de abril de 2005 (fs. 317 del aAnexo). Por Resolución de 26 de abril de 2005 el propio Director del SEDES rechazó la recusación formulada en su contra (fs. 321 a 322 del anexo), siendo notificada al recurrente en el tablero de la institución el 10 de junio de 2005 (fs. 323 del anexo).