SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0874/2006-R
Fecha: 04-Sep-2006
concede
Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo constitucional concede el amparo solicitado, disponiendo la suspensión de todo movimiento de tierras o trabajos “de nivelación, compactación u otros en el lugar reclamado” (sic) en tanto las partes lleguen a un avenimiento directo o la Alcaldía perfeccione su derecho propietario sobre el área motivo del recurso, por cuanto las recurrentes han acreditado su derecho de propiedad sobre un área de 2000 m2 mediante documentos idóneos registrados en Derechos Reales, así como en el mismo Municipio que otorgó número de registro catastral; por el contrario, la autoridad recurrida no ha demostrado derecho propietario sobre el área de equipamiento en el lugar comprendido en el manzano “U” del plano de remodelación urbana llamado “Mirador Virgen de Copacabana” ubicado en Alto Calacoto.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- concede
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III.1.
- el sentido de la decisión dependerá de las circunstancias de cada caso en particular y, en esa medida podrá ser positiva o negativa
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- APROBAR