SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0908/2006-R
Fecha: 18-Sep-2006
a)
El Juez demandado en el informe cursante de fs. 17 a 18 adujo lo siguiente: a) la recurrente hace una relación del expediente a su conveniencia y con manifestaciones falaces, pues la audiencia que menciona era para recibir la confesión del imputado y no fue fijada para considerar el recurso de extinción de la acción penal, que fue rechazado por estar inadecuadamente formulado, y se concedió la libertad del representado de la recurrente aplicando el arraigo, agregando lo dispuesto por los arts. 140 inc. 2) y 246 inc. 3) del CPP; b) su autoridad no actuó con saña ni animadversión como sugiere la recurrente, sino en observancia de las normas procesales; c) es falsa la aseveración de la recurrente en sentido de que no existió celeridad en el referido proceso penal ya que su autoridad resolvió con prontitud las solicitudes del representado disponiendo el 31 de julio de 2006 que de acuerdo al informe de la Secretaria del Juzgado, debía demostrar su arraigo definitivo como medida sustitutiva que le impuso; d) el hecho de que se haya formulado desistimiento del querellante a favor del representado, no significa la conclusión y extinción de la acción penal, por cuanto se trata de un delito de acción pública, y si el encausado no estaba de acuerdo con los Autos que aceptan el desistimiento y ordenan la prosecución del juicio por tratarse de un delito de acción pública y que establecen medidas sustitutivas a la detención preventiva, debió apelar; e) su autoridad se limitó a cumplir su deber de asegurarse que las medidas que impuso habían sido efectivamente cumplidas por el imputado, cual establece la SC 1096/2003-R; f) el representado de la recurrente anteriormente interpuso otro recurso de hábeas corpus que fue declarado improcedente; g) el actual recurso fue presentado a horas 11:30 del 31 de julio de 2006, desconociendo la Resolución del mismo día que exige la demostración del arraigo definitivo del representado. Solicitó se declare improcedente el recurso.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- a)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- con este único acto no basta para que la autoridad responsable del control jurisdiccional de una investigación dé como cumplida su orden, pues es razonable que exija una certificación de que se ha procedido al registro
- III.2. Caso analizado
- III.2.1. Extinción de la acción penal no está vinculada a la libertad
- apelación contra las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares
- APROBAR