SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0908/2006-R
Fecha: 18-Sep-2006
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En el memorial presentado el 31 de julio de 2006 (fs. 1 a 3 vta.), la recurrente arguye que su hermano y representado fue detenido en la cárcel de Palmasola en cumplimiento de un mandamiento de detención formal emitido por la Jueza Quinta de Instrucción en lo Penal; que en claro desconocimiento del art. 292 del Código de Procedimiento Penal (CPP) el Juez recurrido pese al desistimiento que formuló el querellante Carlos Buchón Martorell a favor de su representado el 24 de julio de 2006, rechazó la extinción de la acción toda vez que la fiscal Leticia Campos requirió por la inviabilidad de tal situación por existir dos imputados más.
Expresa que de la misma manera, el Juez demandado aplicó a su hermano medidas cautelares en forma ultra petita a la requerida por la citada Fiscal, y que a pesar de estar ordenado el mandamiento de libertad a favor de su hermano desde el 27 de julio de 2006, hasta la fecha de presentación de su recurso, el mencionado Juez no emitió tal mandamiento, continuando por ello detenido su hermano de manera ilegal, arbitraria y abusiva.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- a)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- con este único acto no basta para que la autoridad responsable del control jurisdiccional de una investigación dé como cumplida su orden, pues es razonable que exija una certificación de que se ha procedido al registro
- III.2. Caso analizado
- III.2.1. Extinción de la acción penal no está vinculada a la libertad
- apelación contra las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares
- APROBAR