SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0930/2006-R
Fecha: 22-Sep-2006
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente señala que las autoridades recurridas al dictar la Resolución motivada de 28 de noviembre de 2005, por la que, omitiendo los procedimientos establecidos en la Ley de Descentralización Administrativa, el DS 24997 y el Reglamento Interno del Consejo Departamental de Pando, sin notificarla con la Resolución de 26 de octubre de 2005, le revocaron el mandato de Consejera Departamental de la provincia Federico Román, de aquel departamento; vulnerando así sus derechos a la defensa, al trabajo a la seguridad jurídica al ejercicio del cargo público y a la garantía del debido proceso. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de la recurrente, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- b) cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución
- III.2.
- APRUEBA