SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0936/2006-R
Fecha: 25-Sep-2006
improcedente
La Resolución de 11 de agosto de 2006, cursante de fs. 27 vta. a 30, declaró improcedente el recurso, con el argumento de que de la prueba presentada se tiene que el 6 de agosto a horas 17:30 por orden del recurrido se dispuso el arresto del recurrente en aplicación de lo dispuesto por el art. 139 en concordancia con los arts. 144 y 145 del Código Nacional de Transito (CNT), en mérito a los informes emitidos por los policías Mariela Gareca Arce y Víctor Arrueta, por haber incurrido en la conducta descrita en el art. 380 inc. 2) del Reglamento de Tránsito, esto es, por agresión o faltamiento grave a la autoridad de Tránsito en la persona de la Policía Mariela Gareca Arce; y teniendo en cuenta que se trataba de una infracción o contravención en flagrancia no era necesario expedir mandamiento de arresto en contra del recurrente; en cuyo mérito, el arresto del recurrente fue legal.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- El arresto es la privación de la libertad del infractor por el tiempo que determine el Reglamento
- III.3.
- y faltamiento a la autoridad
- III.4.
- III.5.
- Fragmento 17
- APROBAR