SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0946/2006-R
Fecha: 26-Sep-2006
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
A pedido de la Magistrada Relatora, a efectos de contar con mayores elementos de juicio para la dilucidación del presente recurso, mediante AC 391/2006-CA, de 21 de agosto, la Comisión de Admisión solicitó al Juez Tercero de Partido y Sentencia de Montero, Alejandro Angulo Parra, remita documentación complementaria, concretamente la fotocopia legalizada u original del acta de audiencia, celebrada dentro del presente recurso de hábeas corpus, que se omitió adjuntar a obrados. Por lo que se suspendió el cómputo del plazo para dictar la Resolución. Recibida la documentación solicitada el 1 de septiembre de 2006, por decreto de 5 de septiembre de 2006 (fs. 26) se reanudó el cómputo del plazo, siendo la fecha del nuevo vencimiento el 26 de septiembre de 2006, por lo que la presente Sentencia se encuentra dentro del término legalmente establecido.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- III.1.
- Fragmento 9
- remitir inmediatamente al adolescente a un centro de detención preventiva
- Éste debe ser puesto a disposición del Juez quien determinará la libertad o la aplicación de una medida cautelar
- remitir inmediatamente al adolescente a un centro de detención preventiva, y
- III.2.
- ningún caso el adolescente infractor será privado de su libertad en un centro destinado a adultos.
- III.3.
- APRUEBA