Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0002/2007-R
Fecha: 08-Ene-2007
II.7.
II.7. El 21 de marzo de 2006, la recurrente interpuso el presente recurso de amparo constitucional (fs. 23 a 25), que fue “rechazado” por el Juez de amparo mediante Auto de 22 de marzo de 2006 (fs. 26 y vta.); por AC 298/2006-RCA, de 5 de octubre, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional anuló el Auto de rechazo y dispuso la admisión del recurso a efecto de que en audiencia pública de consideración se conceda o deniegue la tutela jurídica según corresponda a derecho (fs. 33 a 39).